La Justicia Federal declaró inválido el veto presidencial a la ley de emergencia nacional en discapacidad al admitir una acción de amparo de un particular. Si bien sus efectos se limitan a ese caso, el fallo establece un importante precedente.

La medida fue adoptada por el juez federal de Campana, Adrián González Charvay, que declaró específicamente la invalidez del artículo 3 del Decreto 534/2025, mediante el cual el Poder Ejecutivo vetó por completo la Ley 27793.
Es importante aclarar que la medida se aplica únicamente al caso concreto de los demandantes y no tiene alcance general.

La resolución judicial responde a una demanda iniciada por dos personas (cuyas iniciales son O. G. J. y D. R. N.) contra el Estado nacional y tiene efectos directos sobre las prestaciones que reciben dos menores de edad involucrados en la causa.
El fallo ordena que se comunique a la obra social de dos menores (B. N. e Y. N.) para que adecúe sus prestaciones de acuerdo a lo que establecía la ley de emergencia, ahora restituida para ellos.
Aunque el gobierno de Milei puede apelar la medida, este fallo representa la primera resolución judicial que anula los efectos del veto presidencial en materia de discapacidad y abre la puerta a que se presenten recursos de amparo similares en otros juzgados del país.
Redacción y Noticias Argentinas